C20/ECO/2017 – AYUDAS PARA PROYECTOS DE INTERNACIONALIZACIÓN Y PARA LA CONSOLIDACIÓN E IMPLANTACIÓN DE EMPRESAS DE BALEARES EN MERCADOS EXTERIORES
El B.O.I.B número 85, de 13 de julio de 2017, publica la convocatoria de ayudas para proyectos de internacionalización de empresas de Baleares, correspondientes al año 2017 y para la consolidación e implantación en mercados exteriores en el periodo 2017-2018.
AYUDAS PARA PROYECTOS DE INTERNACIONALIZACIÓN
PLAZO MÁXIMO DE PRESENTACIÓN: 14 de agosto de 2017
Finalidad:
Financiar las fases iniciales del proceso de internacionalización de las microempresas y pimes que cuenten con domicilio fiscal o permanente en Baleares.
Requisitos:
- El importe de las exportaciones ha de ser inferior al 15% de la facturación total.
- El proyecto internacional se ha de haber iniciado en los últimos 3 años.
Proyectos o actuaciones subvencionables:
- Proyectos nuevos de planes de internacionalización
- Proyectos que ya dispongan de un plan y quieran comenzar el proceso hacia el exterior.
Los planes de internacionalización han de contemplar como mínimo los puntos siguientes:
- Antecedentes de la empresa: Fundación, funcionamiento, organigrama, productos o servicios para internacionalizar.
- Situación de la empresa con anterioridad a su inclusión dentro de estas medidas de soporte a la internacionalización.
- Objetivos y concreción de los mercados en los que se centrará el proceso de internacionalización (hasta un máximo de cuatro).
- Plan de actuación y previsión, a 3 años vista, de la evolución del proyecto de internacionalización.
Gastos subvencionables:
- Gastos relacionados con la realización de un plan de internacionalización a cargo de un experto en comercio exterior.
- Gastos relacionados con la ejecución del plan de marketing internacional:
- Publicidad en medios extranjeros
- Publicidad o inscripción en portales o directorios en línea, mercados electrónicos internacionales
- Campañas SEO y SEM
- Creación de página web o adaptación de la ya existente a los mercados internacionales
- Elaboración de material promocional, catálogos, folletos, etc.
- Servicios relacionados con el proceso de registro de marca comunitaria o en países fuera de la Unión Europea.
- Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de los servicios o productos necesarios para su comercialización en los mercados fuera de la Unión Europea.
- Gastos de personal.
- Gastos de promoción en mercados exteriores: Participación en ferias, show romos, encuentros empresariales, viajes de prospección, material de difusión y promoción. Asimismo, hasta 2 bolsas de viaje por empresa, entendiendo por éstas los gastos de transporte y alojamiento del personal directivo y del personal de la empresa.
- Gastos relacionados con la contratación de servicios de consultoría o export manager en los mercados exteriores, como para concertar agendas de reuniones o realizar estudios de mercado.
En la convocatoria de ayudas se ofrece más detalle a este respecto, así como la descripción de los gastos que no son objeto de la subvención.
Importe:
El porcentaje de la ayuda sobre los gastos subvencionables será como máximo del 50% del gasto elegible (iva excluido), hasta un máximo de 6000 € por empresa.
Plazos:
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 14 de agosto de 2017
- Plazo para la ejecución de los proyectos objeto de la subvención: Entre 1 de enero de 2017 y 31 de octubre de 2017
- Plazo para la presentación de la documentación justificativa: Hasta 15 de noviembre de 2017
Presentación de solicitudes:
Para la presentación de la solicitud se deberá utilizar el modelo de impreso normalizado y resto de documentos disponibles en:
Acceder a la Resolución del Conseller de Treball, Comerç i Industria de 29 de junio de 2017 por la que se convocan ayudas para proyectos de internacionalización de empresas de les Illes Balears
AYUDAS PARA LA CONSOLIDACIÓN E IMPLANTACIÓN DE EMPRESAS DE LES ILLES BALEARS EN MERCADOS EXTERIORES
PLAZO MÁXIMO DE PRESENTACIÓN: 14 de agosto de 2017
Finalidad:
Financiar la fase de consolidación del proceso de internacionalización de las microempresas y pequeñas y medianas empresas así como su implantación en el exterior, a lo largo del ejercicio 2017-2018
Requisitos:
- El importe de las exportaciones ha de ser superior al 15% de la facturación total.
- La empresa ha de venir exportando de forma regular durante los últimos 3 años.
Proyectos o actuaciones subvencionables:
- Proyectos de consolidación en la internacionalización
- Proyectos que vayan a implantarse en el exterior.
Los planes de internacionalización han de contemplar como mínimo los puntos siguientes:
- Antecedentes de la empresa: Fundación, funcionamiento, organigrama, productos o servicios para internacionalizar.
- Situación de la empresa con anterioridad a su inclusión dentro de estas medidas de soporte a la internacionalización.
- Objetivos y concreción de los mercados en los que se centrará el proceso de internacionalización. (hasta un máximo de cuatro).
- Plan de actuación y previsión, a 3 años vista, de la evolución del proyecto de internacionalización.
Gastos subvencionables:
Consolidación
- Gastos relacionados con la ejecución del plan de marketing internacional:
- Publicidad en medios extranjeros
- Publicidad o inscripción en portales o directorios en línea, mercados electrónicos internacionales
- Campañas SEO y SEM
- Elaboración de material promocional, catálogos, folletos, etc.
- Servicios relacionados con el proceso de registro de marca comunitaria o en países fuera de la Unión Europea.
- Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de los servicios o productos necesarios para su comercialización en los mercados fuera de la Unión Europea.
- Gastos de personal.
- Gastos de promoción en mercados exteriores: Participación en ferias, show romos, encuentros empresariales, viajes de prospección, material de difusión y promoción. Asimismo, hasta 2 bolsas de viaje por empresa, entendiendo por éstas los gastos de transporte y alojamiento del personal directivo y del personal de la empresa.
- Gastos relacionados con la contratación de servicios de consultoría o export manager en los mercados exteriores, como para concertar agendas de reuniones o realizar estudios de mercado.
- Gastos relacionados con el asesoramiento jurídico o financiero.
Implantación en el exterior
Se consideran como implantación exterior los establecimientos fuera de España donde la participación de la empresa balear es mayoritaria, más del 50%, y se ha constituido a través de una filial comercial.
En este caso deberá presentarse un Plan de Implantación Comercial propio para el mercado en el que se vaya a establecer, que demuestre la oportunidad y la capacidad de los recursos para desarrollarlo y en el que se incluyan un cronograma y presupuesto de la actividad detallado por partidas y conceptos.
- Realización de estudios de viabilidad económica y comercial para la implantación exterior en un mercado.
- Gastos de constitución: escrituras, inscripciones, permisos administrativos, licencias, etc.
- Gastos de asesoría jurídica o financiera, gastos notariales.
En la convocatoria de ayudas se ofrece más detalle a este respecto, así como la descripción de los gastos que no son objeto de la subvención.
Importe:
El porcentaje de la ayuda sobre los gastos subvencionables será como máximo del 50% del gasto elegible (iva excluido), hasta un máximo de 18.000 € por empresa.
Plazos:
- Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 14 de agosto de 2017
- Plazo para la ejecución de los proyectos objeto de la subvención: Entre 1 de enero de 2017 y 31 de octubre de 2018
- Plazo para la presentación de la documentación justificativa:
- 2017: Hasta 15 de noviembre de 2017
- 2018: Hasta 15 de noviembre de 2018
Presentación de solicitudes:
Para la presentación de la solicitud se deberá utilizar el modelo de impreso normalizado y resto de documentos disponibles en:
Acceder a la Resolución del Conseller de Treball, Comerç i Industria de 29 de junio de 2017 por la que se convocan ayudas para la consolidación e implantación de empresas de les Illes Balears en mercados exteriores
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Listado Circulares de Economía
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Nº Circular – ASUNTO
2017
C03/ECO/2017 – Cotizaciones a la Seguridad Social 2017.
C02- ECO- 2017 – Bases Premio CAEB “Empresario del Año”. II Edición
C01-ECO-2017 Real Decreto 7422016, de 30 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2017
2016
C37 -ECO-2016 – Cambios en los criterios contables para las pymes
C36 -ECO-2016 – Modificación ley de comercio
C35-ECO-2016 – Medidas en el ámbito tributario dirigidas a la consolidación de la finanzas públicas y otras medidas
C34-ECO-2016- Procedimiento para la recuperación de la “Plusvalía Municipal”. Acuerdo CAEB – Garrigues
C33-ECO-2016- Calendario laboral ámbito general y local 2017
C32-ECO-2016 – Calendario laboral 2017
C31/ECO/2016 – Modificación Real Decreto 1561-1995, sobre jornadas especiales de trabajo, en materia de trabajo nocturno
C30/ECO/2016 – Actuación de la inspección de trabajo y seguridad social en la intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias
C29/ECO/2016 – Ayudas destinadas a promocionar el empleo autónomo
C28/ECO/2016 – Subvenciones destinadas a fomentar la incorporación del comercio electrónico en las microempresas comerciales minoristas
C27/ECO/2016 – Premio artesanía de Mallorca 2016
C26/ECO/2016 – Subvenciones para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo dirigida a empresas y asociaciones empresariales
C25/ECO/2016 – Ayudas sobre el fomento del empleo de las personas con discapacidad en empresas del mercado ordinario de trabajo
C24/ECO/2016 – Compensación al transporte de mercancías 2016
C23/ECO/2016 – Subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca para el año 2016
C22/ECO/2016 – III Edición de los premios CEPYME
C21/ECO/2016 – Ley 5/2016, de la renta social garantizada
C20/ECO/2016 – Nuevo portal CEPYMEnews para pymes, autónomos y emprendedores
C19/ECO/2016 – Ley 2/2016, del impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Balears y de medidas de impulso del turismo sostenible
C18/ECO/2016 – Subvenciones para solicitud de patentes y modelos de utilidad
C17/ECO/2016 – Convocatoria de las subvenciones de comercio en la ciudad de Palma 2016
C16/ECO/2016 – Información Corporate compliance
C15/ECO/2016 – Información recibida por parte de la Asociación Profesional Española de Privacidad (APEP)
C14/ECO/2016 – Servicios Jurídicos para asociados – Pomar & Martos abogados
C13/ECO/2016 – Premios Nacionales de Juventud 2016
C12/ECO/2016 – Convenio Sabadell – CAEB
C11/ECO/2016 – Convenio de colaboración entre Bankia y CAEB
C10/ECO/2016 – Revocación acuerdo aprobación inicial del Plan Director Sectorial para la Gestión de residuos no peligrosos de Mallorca
C09/ECO/2016 – Convenio de colaboración entre Air Europa y CAEB
C08/ECO/2016 Cotizaciones a la seguridad Social 2016
C07/ECO/2016 Posibilidad de impugnación del incremento y liquidacion de tasas de residuos del ayuntamiento de Sa Pobla
C06/ECO/2016 Decreto Ley 2/2016 de Modificación del Decreto Ley 1/2016 de medidas urgentes en materia urbanística
C05/ECO/2016 Modificación Real Decreto 1078/2015 Ayudas adquisición vehículos energías alternativas y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016, MOVEA
C04/ECO/2016 – Abierta la línea de avales para emprendedores, microempresa, pequeña y mediana empresa – Ayuda con el coste del aval de ISBA SGR y reducción del tipo de interés de operaciones financieras
C03/ECO/2016 – Suspensión cautelar Ordenanzas de Tasas Residuos Ayuntamiento Calvià
C02/ECO/2016 – Decreto ley 1/2016, del 12 de enero, de medidas urgentes en materia urbanística
C01/ECO/2016 – Calendario oficial de ferias comerciales internacionales del año 2016
2015
C77/2015 – Salario Mínimo Interprofesional 2016
C76/2015 – Bases Premio Empresario del Año CAEB
C75/2015 – Ayudas para llevar a cabo acciones especiales de investigación y desarrollo
C74/2015 – Colaboraciones de promoción turística de la ciudad de Palma y que complementen el plan de actuación de la FTPM365
C72/2015 – Subvenciones del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-8)
C71/2015 – Ayudas adquisición de vehículos de energías alternativas y para la implantación de puntos de recarga de vehículos eléctricos en 2016 MOVEA
C68/2015- Subvenciones en especie para eventos que contribuyan a la promoción turística de Mallorca, Menorca y Formentera
C67/2015 – Calendario laboral ámbito general y local 2016
C66/2015 – Calendario laboral 2016
C64/2015 – Becas Santander CRUE CEPYME. Prácticas en Empresa
C63/2015 – Ayudas del programa fomento de la oferta de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas
C62/2015 – Prolongación del período de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería
C61/2015 – Subvenciones para establecer nuevos puntos públicos de recarga lenta y semirápida para vehículo eléctrico para empresas
C59/2015 – Comunicación trabajadores fijos discontinuos en empresas de los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería
C56/2015 – Registro PYME innovadora
C53/2015 – Plazo de opción por la cobertura de protección por cese de actividad, para los trabajadores por cuenta propia o autónomos
C51/2015 – Ley 312015 por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo
C50/2015 – Ayudas conectividad inalámbrica del sector hotelero
C49/2015 – Certamen Nacional de Jóvenes Emprendedores
C48/2015 – Préstamos emprendetur internacionalización
C46/2015 – Ley de Mecanismo de segunda oportunidad y otras medidas
C41/2015 – Sello de Pequeña y Mediana Empresa Innovadora
C39/2015 – Subvenciones para agrupaciones empresariales innovadoras (AEI) y clústers basados en el conocimiento y o tecnológicos
C38/2015 – Ayudas agrupaciones empresariales innovadoras
C37/2015 – Sello empresa innovadora balear
C36/2015 – Convocatoria de subvenciones para empresas que contraten a trabajadores con la modalidad de formación y aprendizaje
C35/2015 – Convocatoria COSME para el crecimiento y la competitividad en el sector turístico
C34/2015 – Convocatoria ayudas destinadas a promocionar la ocupación autónoma
C33/2015 – Ayudas del IDAE para proyectos de eficiencia y ahorro energético
C32/2015 – Horario laboral para facilitar el derecho a voto de los trabajadores el día de la elecciones
C31/2015 – Reglamento general de la ley del suelo para la isla de Mallorca
C30/2015 – Ayudas al fomento del empleo en cooperativas y sociedades laborales
C29/2015 – Subvenciones igualdad
C28/2015 – Convocatoria de subvenciones para el fomento de la competitividad de la artesanía de Mallorca
C25/2015 – Ayudas para la organización de festivales y certámenes cinematográficos en España durante el año 2015
C24/2015 – Ayudas para la modernización, innovación y creación de las industrias culturales y creativas mediante proyectos digitales y tecnológicos
C23/2015 – Subvención para el fomento de la sostenibilidad en el transporte por carretera en las Islas Baleares
C21/2015 – Compensación al transporte de mercancías 2015
C20/2015 – Subvenciones para solicitud de patentes y modelos de utilidad
C11/2015 – Cotizaciones sociales 2015
C10/2015 – Ayudas a pequeñas y medianas empresas – Coste Aval ISBA e Intereses Préstamos
C09/2015 – Emprendetur Internacionalización
C08/2015 – Subvenciones Energía Solar Fotovoltaica y Eólica
C07/2015 – Subvenciones Fomento Biomasa
C06/2015 – Becas Universitarias Santander 2015
C03/2015 – Calendario Laboral 2015
C02/2015 – Salario Mínimo Interprofesional 2015
C02/2017 – Bases Premio CAEB “Empresario del Año”. II Edición
PLAZO PRESENTACIÓN CANDIDATURAS: 1 DE FEBRERO AL 28 DE ABRIL DE 2017 (14:00h)
Con el objetivo de promover el reconocimiento social de la figura del empresario y divulgar el desempeño de su labor al servicio de la sociedad, la Confederación de Asociaciones Empresariales de Balears (CAEB) convoca el Premio al Empresario del Año.
IMPORTANTE: Las candidaturas solamente pueden ser propuestas por las organizaciones empresariales miembros de CAEB entre sus respectivas empresas asociadas. Cada organización empresarial integrada en CAEB podrá presentar hasta un máximo de 3 candidaturas de sus asociados. (Ver base III).
Bases de la Convocatoria
Primera. Requisitos
Podrán participar en esta Convocatoria todos los empresarios cuya empresa cumpla los siguientes requisitos:
- Tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Islas Baleares.
- Estar asociada a CAEB o a cualquiera de sus organizaciones miembro.
- Estar al corriente de pago de la cuota empresarial en calidad de asociado.
Segunda. Méritos
CAEB concederá el Premio “Empresario del Año” a aquél empresario que haya destacado en 2015 por su excelencia empresarial.
Se considerarán principalmente los siguientes criterios de valoración:
- Actividad empresarial.
- Implicación personal y patrimonial.
- Diferenciación y posicionamiento en el mercado.
- Internacionalización.
- Creación de empleo.
- Potencial de crecimiento.
- Gestión ética y responsable.
Tercera. Presentación de candidaturas, documentación y validez
Cada organización empresarial integrada en CAEB podrá presentar hasta un máximo de 3 candidaturas de sus asociados.
Para cada candidatura individual se presentará la siguiente documentación:
- Memoria de 1 página, en letra Arial 11, en formato digital (Word o pdf). Dicha memoria recogerá una breve descripción de los méritos a valorar.
- Como complemento a dicha memoria, y de forma opcional, se podrá aportar un video de un máximo de 3 minutos de duración y documentación acreditativa de los méritos aportados.
Las candidaturas deberán dirigirse por correo electrónico a la dirección general@caeb.es.
Cuarta. Plazos de presentación de las candidaturas
El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el día 1 de febrero de 2017 y finalizará el día 28 de abril de 2017 a las 14:00 horas.
Quinta. Acceso a la fase final y documentación requerida
A partir del 2 de mayo de 2017 se valorarán las diferentes candidaturas presentadas, que serán presentadas al jurado para su deliberación y adjudicación del premio.
La organización podrá solicitar a los finalistas cualquier información complementaria que acredite la información proporcionada y los méritos con los que ha concursado, con la antelación suficiente para poder realizar sus trabajos de valoración.
La no aportación de esta documentación, su manifiesta insuficiencia o la negativa a aclarar posibles incoherencias que se consideren importantes por parte de la organización tendrán como consecuencia la eliminación de la candidatura.
Sexta. Composición del jurado y decisiones
El Jurado estará compuesto por la Presidenta de CAEB, los Vicepresidentes, el Tesorero y el Gerente Secretario General de CAEB, así como un representante de la firma o firmas patrocinadoras.
El Jurado se reunirá el día 5 de mayo de 2017 para la deliberación y selección de las candidaturas mejor valoradas atendiendo a los méritos de la cláusula segunda.
CAEB enviará esta selección a las organizaciones empresariales para que seleccionen una única candidatura, que no podrá pertenecer a su propia organización, y la remitan al jurado antes del 25 de mayo de 2017 a las 14 horas.
Recibidas las candidaturas finalistas, el jurado se reunirá por segunda vez el día 1 de junio de 2017 para fallar a favor de la más votada.
El fallo se hará público en la ceremonia de entrega del Premio CAEB “Empresario del año”, será inapelable y contra éste no cabrá recurso alguno. La aceptación de estas bases implica la renuncia expresa a cualquier reclamación, tanto sobre el proceso de selección de las candidaturas como respecto a las decisiones del jurado.
Séptima. Premio
Se otorgará un solo premio, consistente en un trofeo conmemorativo y un diploma acreditativo. El premio es único e indivisible.
Octava. Entrega del Premio
La ceremonia de entrega del Premio CAEB “Empresario del Año” tendrá lugar el 1 de junio de 2017 en la ciudad de Palma. El lugar y el programa del evento serán anunciados en la página web de CAEB (www.caeb.es) y dados a conocer a través de los medios de comunicación.
Novena. Difusión y comunicación
El ganador se dará a conocer durante la ceremonia de entrega del premio. CAEB podrá dar a conocer a todas las entidades e instituciones que considere conveniente, a través de los medios de comunicación o de cualquier otra vía divulgativa, todas las informaciones referentes al certamen. Dentro de dichas informaciones están incluidas las referentes a los participantes, así como las que acreditan sus méritos, que podrán ser difundidos, de manera íntegra, resumida o parcial. La aceptación de estas bases implica la conformidad del concursante con la difusión antes indicada.
El ganador podrá hacer publicidad de dicha condición en membretes, anuncios y memorias, especificando el año en que fue premiado, así como publicar o difundir la concesión del Premio en cualquier medio de comunicación.
Décima. Aceptación de las bases y protección de datos personales
La participación en esta edición de Premios implica la aceptación íntegra e incondicional de las presentes bases. Las personas que faciliten datos de carácter personal con motivo de la presentación de su candidatura al Premio CAEB “Empresario del año”, consienten expresamente la incorporación de dichos datos a un fichero del que será responsable CAEB, así como su tratamiento y utilización en la gestión operativa de esta Convocatoria. Los ganadores consienten automáticamente, al aceptar el premio, la utilización por parte de CAEB y del patrocinador, de su imagen corporativa y nombre completo en cualquier tipo de publicidad, promoción, publicación o cualquier otro tipo de difusión, de la naturaleza que fuese, con fines comerciales, informativos o promocionales, siempre que exista relación con esta Convocatoria. Los participantes en los Premios cuyos datos sean objeto de tratamiento podrán ejercitar gratuitamente los derechos de oposición, acceso e información, rectificación, cancelación de sus datos y revocación de su autorización sin efectos retroactivos, en los términos especificados en la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en su Reglamento de Desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1.720/2007 de 21 de diciembre. Estos derechos podrán ser ejercitados dirigiendo comunicación por escrito a CAEB, calle Aragón 215 2º 07008 Palma de Mallorca, acompañando en todo caso copia del D.N.I.
C14/ECO/2016 – SERVICIOS JURÍDICOS PARA ASOCIADOS – POMAR & MARTOS ABOGADOS
CAEB firma de un contrato de asesoramiento jurídico con el Despacho POMAR Y MARTOS ABOGADOS, para ofrecer asesoramiento recurrente a la CAEB, sus federaciones, asociaciones y en último término a sus asociados.
El Despacho cuenta con un equipo multidisciplinar para ofrecer asesoramiento jurídico preventivo en todos los ámbitos del derecho: Contratos mercantiles, laborales, despidos, concursos, derecho bancario, asesoramiento en adquisición de participaciones, fusión y escisión de empresas, derecho civil, compraventas, arrendamientos, derecho de sucesiones y familia, derecho penal, responsabilidad civil, derecho administrativo, recursos contenciosos, expedientes sancionadores, licencias de actividades, disciplina urbanística y fiscal y procedimientos judiciales en general.
Este servicio, que se ofrece tanto a las organizaciones empresariales integradas en CAEB como a los concretos empresarios que forman parte de las mismas, se instrumenta a través de un buzón electrónico estrictamente confidencial, que permite trasladar las consultas directamente al despacho jurídico.
Cuando resulte necesario se podrá realizar una visita presencial. No se incluyen en este servicio las posibles actuaciones profesionales o procedimientos que se iniciaran como consecuencia de la consulta a través del buzón electrónico u otras.
Igualmente, también se podrán beneficiar de una visita presencial facilitando el trato directo con el abogado los órganos de gobierno de las asociaciones/federaciones al objeto de explicarles de forma más concreta en qué consiste dicho asesoramiento, e incluso para recibir un asesoramiento puntual en las consultas y en la colaboración en la redacción de actas y reuniones de los diferentes órganos de gobierno.
Los interesados deben contactar con economia@caeb.es, adjuntando justificante de pago de la última cuota empresarial.
Información y contacto:
Margalida Adrover
Departamento de Economía y Empresas
CAEB
Tel. 971.70.60.14
C04-ECO-2016 – ABIERTA LA LÍNEA DE AVALES PARA EMPRENDEDORES, MICROEMPRESA, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA CAIB-ISBA 2016 – AYUDA CON EL COSTE DEL AVAL DE ISBA SGR Y REDUCCIÓN DEL TIPO DE INTERÉS DE OPERACIONES FINANCIERAS
PLAZO MÁXIMO DE PRESENTACIÓN: 3 de diciembre de 2016
El B.O.I.B número 181, del 12 de diciembre de 2015 publicó las condiciones de la convocatoria para el año 2016, de la línea de ayudas a los emprendedores y a la microempresa, pequeña y mediana empresa de las Illes Balears para cubrir los intereses y el coste del aval de ISBA, SGR, de operaciones de financiación de inversiones productivas y liquidez. Esta línea permanecerá abierta desde el 12 de enero de 2016 hasta el 3 diciembre de 2016.
Beneficiarios:
- Personas físicas o jurídicas, domiciliadas o que realicen un proyecto de inversión en las Illes Balears y que formalicen operaciones financieras entre el 1 de diciembre del 2015 y el 30 de noviembre del 2016 que financien:
– Proyectos de inversión.
– Operaciones de financiación de liquidez.
- Emprendedores: personas físicas o jurídicas que, en la fecha de formalización del aval, estén iniciando o ya han iniciado en un plazo no superior a dos años, una actividad económica en el territorio de las Islas Baleares. Aquellos en proceso de creación empresarial deberán acreditar el inicio de la actividad antes de que se pague la ayuda.
En ambos casos es necesario disponer de un aval de ISBA SGR.
Ayudas:
1.- REDUCCIÓN DEL TIPO DE INTERÉS:
1.1.- Reducción del 0,75% en el tipo de interés del préstamo – AUTÓNOMOS, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS en préstamos para inversiones productivas, especialmente en los siguientes casos:
- Inversiones productivas para el funcionamiento diario de la actividad productiva.
- Inversiones vinculadas a cambios estratégicos.
- Inversiones vinculadas a la internacionalización.
- Inversiones vinculadas a I+D+i.
- Inversiones vinculadas a imagen y comunicación.
1.2.- Reducción del 1% en el tipo de interés del préstamo – EMPRENDEDORES en préstamos para inversiones con el objetivo de financiar:
- Inversiones en activos fijos productivos.
- Inversiones en I+D+i.
- Inversiones necesarias para conseguir el producto mínimo viable, especialmente las empresas de tecnologías de la información y la comunicación.
- Inversiones en imagen y comunicación.
1.3.- Reducción del 2% en el tipo de interés del préstamo en los casos siguientes:
- Inversiones efectuadas por emprendedores o emprendedoras mayores de 45 años.
- Inversiones efectuadas por mujeres empresarias.
- Jóvenes emprendedores (que a la fecha de solicitud no hayan cumplido los 31 años).
2.- Ayudas para cubrir el coste del aval de ISBA, SGR:
- El 50% del coste del aval durante los 4 primeros años de duración de la operación original (limitación del 0,625% sobre el importe del aval).
- EL 100% del coste del aval durante los 4 primeros años de duración de la operación original (limitación del 1,25% sobre el importe del capital al inicio de cada anualidad) en los siguientes casos:
- Inversiones efectuadas por emprendedores con el objetivo de financiar inversiones en activos fijos productivos, inversiones en I+D+i, inversiones necesarias para conseguir el producto mínimo viable, especialmente las empresas de tecnologías de la información y la comunicación e inversiones en imagen y comunicación.
- Proyectos de nueva creación que ayuden a la integración laboral de sectores sociales con necesidades concretas como en el caso de emprendedores mayores de 45 años, mujeres empresarias y jóvenes emprendedores.
Lugar de presentación de las solicitudes:
ISBA SGR (C/ Genil, 30, 07009 Palma, polígono de Son Fuster).
Conceptos subvencionables Línea CAIB-ISBA 2016:
Norma general:
- Financiación para inversión en activos fijos productivos y hasta el 20% del proyecto de liquidez. Excepción: hasta el 50% de liquidez en los casos de:
- Operaciones financiadas con la Línea “ICO Garantía SGR/SAECA 2015”.
- Adquisición de un negocio en marcha.
- Emprendedores del sector comercio.
Microcréditos para autónomos:
Financiación para inversión (maquinaria, equipamiento informático, mobiliario, inmuebles, etc.) y parte del circulante.
Internacionalización:
- Diagnóstico y estrategia internacional.
- Estudios de prospección de mercados.
- Implantación comercial en mercados de destino.
- Viajes de prospección.
- Gastos en la participación de ferias con stand propio.
Innovación tecnológica:
- Nuevos activos fijos innovadores (mejora tecnológica cualitativa y apreciable):
- Actividades de inversión y desarrollo, en general.
- Maquinaria con nuevas tecnologías incorporadas.
- Sistemas modernos de información y comunicación.
- Nuevos activos fijos innovadores que sean necesarios para poner en marcha novedades o nuevos proyectos:
- Lanzamiento de nuevos proyectos.
- Desarrollo y diferenciación de productos.
- Nuevos sistemas de producción.
- Diseño, calidad y medio ambiente.
- Utilización de nuevos materiales.
Conceptos subvencionables en liquidez:
Necesidades puntuales de tesorería.
Conceptos subvencionables en reestructuración financiera:
Refinanciación de operaciones de préstamo o crédito que representen una mejora de plazos.
Para acceder a la convocatoria completa consultar el siguiente enlace.
Si necesitas asesoramiento personalizado para la realización del Plan de Viabilidad, solicita cita en:
Si eres emprendedor: http://www.caeb.com.es/creacion-de-empresas/
Si eres autónomo o tienes una microempresa: http://www.caeb.com.es/asesoramiento-a-empresas/